Si sigues aplicando las mismas reglas tributarias de 2025, en 2026 podrías estar cometiendo errores graves 

Tabla de contenidos

El cierre del ejercicio 2025 y el inicio del 2026 no deben asumirse como una simple continuidad operativa. En materia tributaria, cada ejercicio puede incorporar modificaciones normativas, ajustes de criterio administrativo y nuevos pronunciamientos interpretativos que impactan directamente el cumplimiento tributario frente a SUNAT. 

Uno de los principales riesgos en el 2026 será seguir aplicando criterios del 2025 sin una revisión previa, generando errores que afectan no solo el cumplimiento tributario, sino también el flujo de caja y la gestión financiera. 

A continuación, se detallan algunos de los cambios y puntos críticos que deben ser considerados. 

1. Rentas de primera categoría: del criterio del devengo al criterio de lo percibido

A partir del 1 de enero de 2026, las rentas de primera categoría (arrendamiento de bienes inmuebles) modifican su criterio de imputación del impuesto, en virtud de la Ley N.º 32430. 

Hasta el 31 de diciembre de 2025, el arrendador estaba obligado a pagar mensualmente el Impuesto a la Renta (5%), incluso cuando el alquiler no hubiese sido cobrado. Desde el 2026, la obligación tributaria solo nace cuando el ingreso es efectivamente percibido. 

Esto implica que si el inquilino no paga, no se genera la obligación de pagar el impuesto. 

Los aspectos clave a considerar: 

  • Acreditación de la percepción: el contribuyente debe conservar medios probatorios del cobro (transferencias, depósitos, etc.). 
  • Bancarización: para montos mayores a S/ 2,000 o US$ 500, el uso de medios de pago es obligatorio para evitar presunciones y observaciones. 

El error más grave en el 2026 será seguir declarando y pagando el impuesto “por costumbre”, aun cuando no se haya cobrado el alquiler. 

2. Actualización de la UIT aplicable al 2026

La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) no es un dato accesorio, sino un parámetro central del sistema tributario. Para el 2026, su actualización vuelve a tener impacto directo en límites de deducción, topes de análisis y proyecciones tributarias. 

No actualizar oportunamente la UIT puede generar contingencias que no siempre son visibles en el día a día, pero que se materializan al cierre del ejercicio o en fiscalizaciones. 

Principales riesgos asociados: 

a. Gastos sujetos a límite 

Gastos como los recreativos, de representación y ciertos gastos vinculados a vehículos están limitados en función de la UIT. Usar la UIT del 2025 puede llevar a: subestimar la deducción y generar gastos no aceptados tributariamente. 

b. Personas naturales, la UIT define: 

  • La deducción fija anual de 7 UIT, que determina desde qué nivel de ingresos se empieza a tributar. 
  • El límite adicional de deducciones de hasta 3 UIT por gastos personales. 

No ajustar estos montos al 2026 implica una proyección errónea del impuesto personal, afectando decisiones de consumo, ahorro y retenciones. 

c. Suspensión de retenciones de cuarta categoría 

Los ingresos referenciales para solicitar la suspensión de retenciones también dependen de la UIT vigente. Aplicar parámetros del 2025 puede generar solicitudes mal calculadas y regularizaciones posteriores. 

3. Nuevo régimen de gradualidad: rebaja de multas para personas naturales sin negocio

La Resolución de Superintendencia N.º 000355-2025/SUNAT, vigente desde noviembre de 2025, mantiene su impacto en el 2026. 

El nuevo régimen de gradualidad para la infracción por no presentar declaraciones dentro de plazo permite acceder a rebajas significativas de multas, incluso del 100%, siempre que se cumplan los criterios de subsanación establecidos. 

El principal riesgo en el 2026 será: Seguir aplicando criterios de gradualidad “antiguos” y regularizar fuera de oportunidad, perdiendo beneficios relevantes. 

4. Servicios digitales: SUNAT ajusta su criterio sobre consultorías online

Durante el 2025, SUNAT emitió un pronunciamiento relevante precisando que no todo servicio prestado vía internet califica como servicio digital para efectos del Impuesto a la Renta. 

No califican como servicios digitales, entre otros: 

  • El soporte técnico atendido por personas a través de correo electrónico o plataformas. 
  • Las consultorías prestadas mediante videoconferencias o llamadas, cuyos informes se entregan posteriormente. 

En estos casos, las plataformas digitales funcionan solo como medios de comunicación, y no como herramientas automatizadas esenciales del servicio. 

Que un servicio se preste por internet no implica automáticamente una retención del 30%. 

Este criterio es clave para el 2026, ya que muchas empresas siguen aplicando retenciones de forma automática, generando retenciones en exceso, los cuales muchos son asumidos por el usuario del servicio, así como errores en la calificación de la renta. 

5. Excepción de multa para microempresas por primera infracción

De acuerdo con la Ley N.º 32335, cuando una microempresa (hasta 150 UIT de ingresos) comete por primera vez una infracción tributaria, SUNAT no debe aplicar directamente la multa. 

En su lugar, corresponde: 

  • La aplicación obligatoria de una medida preventiva, 
  • Consistente en la asistencia a un curso de capacitación tributaria, a cargo de SUNAT. 

Este beneficio: 

  • Aplica solo a microempresas, 
  • Procede una sola vez por cada tipo de infracción, 
  • No elimina la infracción, pero suspende la sanción económica si se cumple la capacitación. 

Seguir aplicando los valores, criterios y prácticas del 2025 en el 2026 no es una omisión menor, sino un error que podría impactar directamente en: 

  • La determinación del Impuesto a la Renta, 
  • El flujo de caja, 
  • Y el nivel de exposición frente a SUNAT. 

La clave del 2026 será revisar, ajustar y anticipar, no simplemente continuar.  

Mantenerse actualizado ya no es opcional: es una decisión estratégica 

Como has podido ver, el 2026 no es una simple continuación del 2025. Los cambios normativos, los nuevos criterios de SUNAT y los ajustes en la interpretación tributaria exigen una revisión constante y un análisis técnico oportuno. Aplicar reglas “por costumbre” es hoy uno de los mayores riesgos profesionales y empresariales. 

Precisamente por eso, desde Quantum Escuela de Negocios desarrollamos espacios de análisis especializado como nuestra Charla Magistral “Principales Medidas Tributarias Vigentes para el Ejercicio 2026”, donde abordamos de manera práctica estos cambios, sus impactos reales y las decisiones que deben tomarse a tiempo para evitar contingencias. 

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